Construido y abandonado por
el Estado Dominicano
Es uno de varios condominios construidos en la década de los 70 en las inmediaciones del Hotel El Embajador, la avenida Sarasota y la avenida Mirador Sur.
El CONDOMINIO EMBAJADOR II es un conjunto habitacional que consta de 11 Edificios todos de 3 plantas y consta cada uno de 3 apartamentos, lo que hace un total de 33 unidades, sometido al régimen establecido por la Ley 5038 de febrero de 1958*, que instituye un sistema especial para la propiedad por pisos o departamentos, y de acuerdo, además a acta constitutiva y a Reglamento de fecha 14 de julio de 1978.
Cuando el condominio Embajador II fue entregado en el año 1978, era una belleza, sus edificios tenían un parecido a los del movimiento BAUHAUS que pueden apreciarse en la ciudad de Dessau en Alemania, la practicidad y una construcción robusta en medio de un hermosa área verde de propiedad común, la cual se extiende desde la propiedad individual a la propiedad social, derecho que es irrenunciable según la ley y los estatutos registrados.
Estos edificios fueron construidos junto con sus áreas verdes comunes con fines de uso y disfrute estrictamente familiar, sin embargo se han tomado también áreas verde y la han convertido en un restaurante, en un banco y en oficinas de negocios.
El Estado Dominicano lo construyó y lo abandonó a su suerte, los llamados hijos de La Patria con la sed de tener MÁS, MÁS y el MIO, MIO, aunque no sea todo suyo, se han encargado de desmembrarlo y desfigurar sus lindas fachadas.
Copia del plano original
Divisiones internas y construcciones ilegales
Foto de división interna hecha supuestamente por copropietario extranjero y un banco. Se puede apreciar construcción ilegal hecha por un copropietario.
En este caso, existe una sentencia de la Suprema Corte de Justicia, ordenando el derrumbe, pero no ha pasado nada. Las construcciones y divisiones continúan.
División y construcción ilegal hecha por un senador de la República Dominicana
Las fotos que se presentan a continuación, son un ejemplo de la violación más BESTIAL y RECIENTE de como se destruye un área que es un pulmón y unos de los terrenos más valiosos de la Ciudad de Santo Domingo.
Así es como divide y construye un Senador de la República, junto a otros copropietarios dominicanos y posiblemente extranjeros, las áreas comunes de un condominio que ha podido tener jardines preciosos y donde sus copropietarios pudieran disfrutar el derecho pacifico de la propiedad.
En las fotos a continuación puede verse la división que se ha hecho entre el edificio 1 y el 2 paralelo a la Avenida Sarasota. El senador ha continuado su división y construcción. Al parecer está muy por encima de la ley.
¿Quién salvará al ciudadano indefenso en este y otros casos similares?
- Dr.Leonel Fernández Reyna, Presidente de la República Dominicana
- Dr. Reinaldo Pared Pérez, Senador por el Distrito Nacional por el PLD, y Presidente del Senado de la República.
- Sra. Cristina Lizardo Mézquita, Senadora de la República por la Provincia de Santo Domingo, y Vicepresidenta del Senado, PLD.
- Dr. Carlos Dore Cabral, Director del Dpto. de Información, Análisis y Programación Estratégica de la Presidencia.
- Sr. Roberto Salcedo, Alcalde del Distrito Nacional
- Sr. Narciso Guzmán Mezquita, Director General de Planeamiento Urbano – Control e Inspección - ADN
- Dr. Abel Rodríguez del Orbe, Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo
- Dr. Fermín Casilla Minaya, Abogado del Estado en el Distrito Nacional
- Ing. Víctor Díaz Rua, Secretario de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones
-Dr. Jaime David Fernández Mirabal, Secretario de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
-Lic. Andrés Chalas Velásquez, Procuradurador para la Defensa del Medio Ambiente y los Recursos Naturales
Presidente de la Comisión de Ética del Senado, PLD
-Sr. César Augusto Díaz Filpo, Senador por por la Provincia de Azua y de la Comisión de Ética del Senado, Vicepresidente, PRD
* La actual Ley de Registro Inmobiliario No. 108-05 y su reglamento, deroga expresamente la ley 404 del año 1972 y los artículos 23 y 24 de la ley 5038; se modifican también los artículos Nos. 1, 2, 3, 10, 19, 20, 24 y 33 de la mencionada ley de condominios.
Sra. Conde: El periódico 7dias.com.do está interesado en darle seguimiento a este caso. Por favor, comuníquese con nosotros al 809-682-4168, preferiblemente en horas de la tarde.
ResponderEliminarMargarita Cordero
quiero compartir un testimonio sobre cómo la oferta de préstamo del sr. pedro ayudó a mi vida, no es una buena idea usar un préstamo de día de pago de manera regular. en el caso de que prolongue indefinidamente su fecha de pago y pida prestado a menudo para su próximo cheque de pago, podría costarle una buena cantidad de dinero. sin embargo, es igual de sensato decidir sobre los préstamos de día de pago, ya que pueden aprobarse rápidamente exactamente el mismo día que ingresa su formulario de solicitud de préstamo. puede ponerse en contacto con la oferta de préstamo del Sr. Pedro porque mi préstamo de día de pago fue muy rápido para proceder, envíe un correo electrónico a pedroloanss@gmail.com para solicitar cualquier tipo de préstamo. WhatsApp +18632310632
ResponderEliminar